La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó una apelación ejercida por la defensora de Manuel Tomás Castro Torres y en consecuencia ratificó la condena impuesta a éste de 22 años y seis meses de prisión por tráfico agravado de drogas en la modalidad de distribución y posesión ilícita de arma de fuego.
Tal decisión está contenida en la sentencia N° 135 redactada por el magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela.
El proceso contra Castro Torres comenzó el 22 de agosto de 2014 cuando agentes de la Dirección de Inteligencia y Estrategias Preventivas del Cuerpo de Policía de Lara allanaron su residencia ubicada en la Urbanización del Este, Barquisimeto en el estado Lara. Allí localizaron 175 panelas de cocaína (134 kilos) y un revólver Smith & Weson.
Tres años después, concretamente el 25 de agosto de 2017, el Tribunal 5° de Juicio de Lara emitió condena contra Castro Torres de 22 años y seis meses de prisión.
Los defensores del acusado intentaron anular la condena pero sus recursos fueron desestimados en el Poder Judicial de Lara. Contra esas decisiones negativas, accionó el 5 de junio de 2017 Maiyoalizthg Cabaña, Defensora Pública 8° quien adujo que a su cliente lo condenaron con el solo dicho de los funcionarios policiales, circunstancia que está prohibida por la Sala Penal.
Pero al revisar ese argumento, los magistrados detectaron que la defensora pública interpuso el recurso “con el único propósito de que se examine como si fuera una tercera instancia”. Además de que “no dio cumplimiento a las formalidades legales exigidas” para presentar una apelación.
La Sala le recordó que no se puede procurar por medio de un recurso de casación “la revisión de las sentencia que no le son favorables”. Por ello desestimaron el recurso y confirmaron la condena.
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Tomado de: Últimas Noticias