La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó varios recursos de casación (apelación) interpuestos por dos policías de Carabobo y en consecuencia se mantiene la condena de 22 años de prisión impuesta a los uniformados, acusados de asesinar a una persona durante las protestas antigubernamentales del año 2017.
Tal decisión está contenida en la sentencia Nº 156 redactada por el magistrado Maikel Moreno Pérez.
En este caso, los policías procesados están identificados como Gerson Alberto Quintero y Jhony José Azócar Gómez quienes estuvieron desplegados en día 24 de abril de 2017 en la avenida Las Ferias, barrio Francisco de Miranda, Valencia (Carabobo).
En el mencionado sector transcurrían manifestaciones violentas convocadas por un sector de la oposición. Para contener dichas protestas se encontraban en el sitio agentes adscritos a distintos organismos de seguridad portando bombas lacrimógenas y escopetas, explica la sentencia.
Quintero y Azócar, funcionarios de Policarabobo se internaron por el callejón Rómulo Gallegos desde donde dispararon contra Cristian Humberto Ochoa Soriano (22), quien murió el día siguiente.
El cadáver fue ingresado a la medicatura forense de Valencia donde fue objeto de una inspección por parte del Cicpc. En su informe los agentes refirieron que el cuerpo de Ochoa Soriano presentaba 48 heridas en forma de orificios con bordes regulares en la región esternal del muslo lado izquierdo, 144 heridas en el derecho, producidas presuntamente por el paso de proyectiles disparados por una escopeta.
En junio de 2017, Quintero y Azócar fueron imputados por los delitos de homicidio intencional calificado con alevosía por motivo futil y uso indebido de arma orgánica.
Tres años después de aquella imputación, concretamente el 10 de enero de 2020, el Tribunal 4ª de Juicio de Carabobo publicó la sentencia mediante la cual condenó a los dos policías a cumplir la pena de 22 años de prisión.
Dicha sentencia condenatoria fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Carabobo el 9 de julio pasado. Ante ese revés, los abogados defensores de Quintero y Azócar acudieron a la Sala Penal, en la que consignaron un total de cinco denuncias sobre el proceso llevado a cabo.
Entre las denuncias formuladas destaca aquella según la cual no fueron tomados en cuenta la declaración de tres testigos que declararon durante el juicio a los policías.
Los magistrados respondieron que los abogados defensores de los policías si bien enuncian los los presuntos errores en los cuales incurrieron los jueces de primera y segunda instancia, pero omiten “indicar la norma que consideran infringida”. Apoyado en ese razonamiento, la Sala Penal desestimó las cinco denuncias planteadas por los policías.
En octubre pasado el Tribunal 29° de Juicio de Caracas condenó a 23 años de prisión al sargento (Aviación) Arli Méndez, por el asesinato de David Vallenilla quien manifestaba en La Carlota el 22/6/17
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