El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) revocó la multa impuesta contra los demandantes del recurso de nulidad del instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).
La nueva sentencia hace referencia a una emitida el pasado mes de agosto, cuando el alto tribunal
amenazó a un grupo de jubilados y pensionados con abrirles una investigación penal y les impuso una multa por “el ejercicio abusivo de una acción judicial” de 50 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela.La Organización No Gubernamental, Acceso a la Justicia, destacó en su cuenta de Twitter que los demandantes solicitaron invalidar esta penalización, debido a que no pueden costear la multa.
“El pasado #20Sep el grupo de jubilados y pensionados del MP presentó un reclamo de la multa impuesta ante la SPA, entre otras razones, porque no puede pagarla ya que “son personas de la tercera edad”, explicaron.
“Los accionantes solicitaron que “por razones humanitarias sea revocada la multa impuesta”, dado que son personas de muy escasos recursos que han dedicado su vida al servicio público, y actuaron con buena fe, y sin temeridad alguna”.
Finalmente la ONG subrayó que la decisión de la Sala Político-Administrativa se baso en el artículo 125 de la Ley Orgánica del TSJ, que le confiere potestad de retificar, revocar o reformar la sanción, siempre y cuando no cause mayor gravamen al sancionad.
“Es indudable que esta sentencia de la SPA es sorpresiva, no solo porque cambia parcialmente su posición, sino también por el hecho de resolver, extrañamente, de manera favorable a los derechos e intereses de los reclamantes” puntualizaron.
Los ciudadanos demandantes afectados por la decisión del TSJ son María Eugenia Dupuy Acurero, Rubert Humberto Pérez Martínez, Franco Antonio Arámbulo Villalobos, Maribel Amazonas González, Nombardo José Antequera Bravo, Ledis De Jesús Rincón De Arango, Ramón Arturo León Aizpúrua, Cerelda Leonor Sthorme de Moreno y Nerva Del Carmen Ramírez.
#AlertaLegal Mediante sentencia n.° 704 del #16Nov la Sala Político-Administrativa (SPA) revocó la multa que impuso a través del fallo n.° 444 del #11Ago a los accionantes que habían demandado la nulidad del instructivo de la Onapre #Hilo #JusticiaVe https://t.co/jDLIdExZuM pic.twitter.com/4dSau6Aa9W
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) November 17, 2022
#AlertaLegal Al mismo tiempo la Sala multó a todos los accionantes y a su abogado, y ordenó pagar a cada uno 50 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor publicada por el BCV, es decir el equivalente de Bs. 490,00 c/u (a la tasa del día #17Nov) #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) November 17, 2022
#AlertaLegal Los accionantes solicitaron que “por razones humanitarias sea revocada la multa impuesta”, dado que son personas de muy escasos recursos que han dedicado su vida al servicio público, y actuaron con buena fe, y sin temeridad alguna #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) November 17, 2022
#AlertaLegal Es indudable que esta sentencia de la SPA es sorpresiva, no solo porque cambia parcialmente su posición, sino también por el hecho de resolver, extrañamente, de manera favorable a los derechos e intereses de los reclamantes #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) November 17, 2022
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